El día 12 de diciembre de 2019 se publicó una ley que modifica la recién promulgada “Ley de pago a 30 días”. Al día de hoy, la ley establece un plazo máximo de 60 días para el pago de facturas luego de su recepción, y la aplicación a 30 días comenzaría a correr en febrero de 2021.
La modificación introducida mediante la Ley N°21.193 el presente mes, establece un plazo máximo de pago a 30 días a partir del 01 de marzo de 2020. Además, las partes podrán acordar un plazo mayor para el pago, cumpliendo las condiciones establecidas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Los “Acuerdos de Pago” que no cumplan con los siguientes requisitos, se entenderán como “no escritos”:
- Debe constar por escrito
- Suscrito por ambas partes
- No constituir un abuso para el vendedor o prestador del servicio
- Debe ser inscrito dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la celebración, en un registro proporcionado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Debe ser suscrito con anterioridad a la fecha de emisión de la factura.
En Alessandri Aseosría a Personas y Negocios te asesoramos para la interpretación y adecuada aplicación de la ley desde lo legal, tributario y contable.
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